jueves, 22 de noviembre de 2012

El TSJ de Madrid declara nulas las modificaciones de condiciones de trabajo impuestas por Alcampo por el art. 41


El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia a la demanda de conflicto colectivo interpuesta por CCOO contra Alcampo, fallando que "declara injustificada la modificación de condiciones de trabajo, reponiendo a los trabajadores afectados en sus anteriores condiciones laborales", lo que significa, que a todas y a todos los que han sufrido modificaciones en los cuadros horarios, se les debe reponer en los horarios anteriores.
CCOO se opuso a las medidas que quería imponer la empresa, porque se entendía que no existían razones suficientes, para llevar a cabo sus pretensiones como al final hicieron, destrozando la vida de muchas y muchos de los trabajadores y trabajadoras.

Avalando los argumentos de CCOO, este Tribunal en el fallo de la sentencia, no considera justificados los motivos alegados por la empresa, que eran la apertura de todos los domingos y festivos y la bajada de ventas, es por ello que anula el expediente del art. 41. Contra esta sentencia sólo cabe recurso de casación de doctrina.

Desde CCOO se va a solicitar a la empresa la ejecución de la sentencia inmediata y la reposición en sus condiciones anteriores de todas y todos las trabajadoras y trabajadores afectados.

CCOO agradece a los trabajadores y trabajadoras la participación en las movilizaciones y Huelga de dos horas que se convocaron en diferentes centros, contra estas medidas abusivas impuestas por la empresa, al final la justicia ha dado la razón.

No hay comentarios:

Publicar un comentario