El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia a la demanda de conflicto colectivo interpuesta por CCOO contra Alcampo, fallando que "declara injustificada la modificación de condiciones de trabajo, reponiendo a los trabajadores afectados en sus anteriores condiciones laborales", lo que significa, que a todas y a todos los que han sufrido modificaciones en los cuadros horarios, se les debe reponer en los horarios anteriores.
CCOO se opuso a las medidas que quería imponer la empresa, porque se entendía que no existían razones suficientes, para llevar a cabo sus pretensiones como al final hicieron, destrozando la vida de muchas y muchos de los trabajadores y trabajadoras.
Avalando los argumentos de CCOO, este Tribunal en el fallo de la sentencia, no considera justificados los motivos alegados por la empresa, que eran la apertura de todos los domingos y festivos y la bajada de ventas, es por ello que anula el expediente del art. 41. Contra esta sentencia sólo cabe recurso de casación de doctrina.
Desde CCOO se va a solicitar a la empresa la ejecución de la sentencia inmediata y la reposición en sus condiciones anteriores de todas y todos las trabajadoras y trabajadores afectados.
CCOO agradece a los trabajadores y trabajadoras la participación en las movilizaciones y Huelga de dos horas que se convocaron en diferentes centros, contra estas medidas abusivas impuestas por la empresa, al final la justicia ha dado la razón.
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